Jurisprudencia · Sexta Época · Tercera Sala
Es competente para conocer de los incidentes la autoridad que conoce del negocio principal, y si es competente un Juez de Distrito para conocer de los incidentes que del propio juicio deriven.
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Registro digital (IUS): 818030
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [J]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 290
Volumen XLIX, página 105. Queja 247/60. Antonio Cruz Solano, sucesión de. 5 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.Volumen LV, página 38. Queja 95/61. Ramón Galván. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.Volumen LVI, página 74. Queja 2/61. Evangelina Padilla de Ayala. 14 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Volumen LVI, página 74. Queja 172/61. Esther Silva. 14 de febrero de 1962. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.Volumen LVII, página 122. Queja 245/61. Muebles Monterrey, S. A. 23 de marzo de 1962. Cinco votos. Ponente: José López Lira.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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