Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
En algunas ejecutorias la Suprema Corte ha sostenido que no son eficaces las copias certificadas expedidas por el encargado del Registro Público de la Propiedad para acreditar la propiedad de un inmueble, y también en otras ejecutorias ha sostenido que cuando se expida copia certificada por el encargado del Registro Público sobre todo el título de propiedad que se le presente para su inscripción y no solamente expida una copia de esta inscripción, tal copia del título mismo sí tiene efectos probatorios.
---
Registro digital (IUS): 818046
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 223
Amparo directo 3685/57. Dolores Hernández viuda de Mendoza, sucesión. 29 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen VIII, Cuarta Parte, página 212, tesis de rubro "REGISTRO PUBLICO. SUS CERTIFICACIONES NO DEMUESTRAN LA PROPIEDAD.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo