PENALES

Artículo VI.1o.P.39 P (10a.). RECURSO DE QUEJA. RESULTA FUNDADO CONTRA LA SOLICITUD DEL JUEZ DE DISTRITO EFECTUADA AL JUEZ DE CONTROL PARA LA REMISIÓN DE LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN, CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladadécima-Épocacomún,-penal

Texto Legal

RECURSO DE QUEJA. RESULTA FUNDADO CONTRA LA SOLICITUD DEL JUEZ DE DISTRITO EFECTUADA AL JUEZ DE CONTROL PARA LA REMISIÓN DE LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN, CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO.

De una interpretación sistemática y armónica del texto de los artículos 16, tercer párrafo, 19, primer párrafo, y 20, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformados el dieciocho de junio de dos mil ocho, se advierte que el Constituyente, para el dictado del auto de vinculación a proceso, no exige la comprobación del cuerpo del delito ni la justificación de la probable responsabilidad, pues indica que debe justificarse únicamente la existencia de "un hecho que la ley señale como delito" y "probabilidad en la comisión o participación del activo", de ahí que el Juez de control al emitir el auto referido solamente considera los datos de prueba expuestos por el agente del Ministerio Público respectivo, en la audiencia inicial correspondiente, en términos del artículo 313, tercer párrafo, del Código Nacional de Procedimientos Penales; por ende, resulta incorrecto que el Juez de Distrito en un juicio de amparo en el que se reclama el auto de vinculación a proceso, solicite la remisión de la carpeta de investigación, ya que no todos los datos de prueba que ahí constan, necesariamente tienen que tomarse en cuenta al momento de que el Juez de control emita la citada vinculación a proceso reclamada, sino que debe atenderse únicamente al contenido de la referida audiencia, en la que el representante social expone de manera oral los datos de prueba con los que estima se establece el hecho que la ley señala como delito, y de manera probable, que el imputado lo cometió o participó en su comisión, a fin de colmar uno de los requisitos que prevé el artículo 316, del invocado Código Nacional de Procedimientos Penales, para el dictado de tal auto de plazo constitucional.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2014735

Clave: VI.1o.P.39 P (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 44, Julio de 2017; Tomo II; Pág. 1062

Precedentes

Queja 26/2017. 30 de marzo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Gazca Cossío. Secretario: Héctor Santacruz Sotomayor.Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 225/2017 de la Primera Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 50/2018 (10a.) de título y subtítulo: "AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. POR REGLA GENERAL, EL JUEZ DE DISTRITO, PARA RESOLVER EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA, NO DEBE REQUERIR DE OFICIO LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN."

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VI.1o.P.39 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VI.1o.P.39 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. VI.1o.P.39 P (10a.) del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. VI.1o.P.39 P (10a.) PENALES desde tu celular