PENALES

Artículo XXII.P.A.46 P (10a.). REPARACIÓN DEL DAÑO A LA VÍCTIMA U OFENDIDO POR LA COMISIÓN DE UN DELITO. A LA LUZ DE LOS ARTÍCULOS 1o., PÁRRAFO TERCERO, 20, APARTADOS A, FRACCIÓN I, Y C, FRACCIONES IV Y VII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, 10, 11, 459 Y 461 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN RELACIÓN CON LOS DIVERSOS 1, 7 Y 12 DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS Y 25, NUMERAL 1, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, DEBE CONSIDERARSE COMO UN DERECHO FUNDAMENTAL Y, COMO TAL, SUSCEPTIBLE DE TUTELA OFICIOSA POR

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladadécima-Épocaconstitucional,-penal

Texto Legal

REPARACIÓN DEL DAÑO A LA VÍCTIMA U OFENDIDO POR LA COMISIÓN DE UN DELITO. A LA LUZ DE LOS ARTÍCULOS 1o., PÁRRAFO TERCERO, 20, APARTADOS A, FRACCIÓN I, Y C, FRACCIONES IV Y VII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, 10, 11, 459 Y 461 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN RELACIÓN CON LOS DIVERSOS 1, 7 Y 12 DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS Y 25, NUMERAL 1, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, DEBE CONSIDERARSE COMO UN DERECHO FUNDAMENTAL Y, COMO TAL, SUSCEPTIBLE DE TUTELA OFICIOSA POR LAS AUTORIDADES JURISDICCIONALES.

Los preceptos constitucionales citados imponen a las autoridades jurisdiccionales, en el ámbito de su competencia, el deber de sancionar y reparar las violaciones a derechos humanos en los términos que establezca la ley, y como propósito del proceso penal acusatorio se establece el relativo a procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen; de manera que el juzgador no puede absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia condenatoria, lo cual puede impugnar la víctima ante la autoridad judicial, si se debe a omisiones o irregularidades del Ministerio Público. En este sentido, los artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales mencionados, consagran el principio de igualdad entre imputado y víctima del delito y la posibilidad de tutelar, bajo dicha máxima, los derechos fundamentales de uno y otra, así sea oficiosamente. Por su parte, la Ley General de Víctimas, en los preceptos indicados, establece su aplicación explícita en el proceso penal acusatorio, con independencia del mecanismo alterno de solución de conflicto de que se trate; todo lo cual, guarda conformidad con el parámetro de regularidad convencional establecido en el artículo 25, numeral 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Por estas razones, no sólo es factible, sino que constituye una obligación del tribunal de apelación, extender el análisis del fallo recurrido más allá de lo planteado en los agravios e, incluso, de los límites del recurso, si advierte la violación a dicho derecho fundamental de la víctima, el cual es considerado así, a la luz del marco normativo apuntado y, como tal, susceptible de tutela oficiosa por las autoridades jurisdiccionales.TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2018355

Clave: XXII.P.A.46 P (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 60, Noviembre de 2018; Tomo III; Pág. 2412

Precedentes

Amparo directo 89/2018. 21 de junio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Mauricio Barajas Villa. Secretaria: Elsa Aguilera Araiza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XXII.P.A.46 P (10a.) del PENALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XXII.P.A.46 P (10a.) de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. XXII.P.A.46 P (10a.) del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. XXII.P.A.46 P (10a.) PENALES desde tu celular