Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
La circunstancia modificativa de riña resulta jurídicamente incompatible con la causa de inimputabilidad de miedo grave o temor fundado que hace valer el acusado, en razón de que en la riña los contendientes se colocan en un mismo plano de ilicitud de la conducta, en tanto que la excluyente aducida, tiene exigencias técnicas distintas.
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Registro digital (IUS): 800836
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 84
Amparo directo 2139/59. Arturo Quezada Ramírez. 5 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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