PENALES

Artículo IUS 800857. LEGITIMA DEFENSA. APARICION DEL RIESGO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LEGITIMA DEFENSA. APARICION DEL RIESGO.

La legítima defensa no se concibe antes de que el riesgo exista o se presente en forma que no dé lugar a duda sobre la inmediata iniciación de un daño; el simple ademán o actitud amenazante del sujeto atacante, no puede aceptarse como antecedente válido para el ejercicio de la legítima defensa; se requiere que el riesgo se exteriorice con actos positivos y no que simplemente se suponga que existe.

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Registro digital (IUS): 800857

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Segunda Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo directo 6573/61. Artidoro Lagarda Lagarda. 20 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800857 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800857 de la J. Penales SCJN?

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