Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si en un caso el acusado, además de dedicarse habitualmente a la compra y tráfico de enervantes, posee una cantidad muy superior al consumo normal de un toxicómano, y lo es conforme a los dictámenes médicos, eso no lo hace acreedor a la exclusión de responsabilidad a que se refieren los artículos 524 y 525 del Código Federal de Procedimientos Penales.
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Registro digital (IUS): 800972
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Segunda Parte; Pág. 81
Amparo directo 1045/62. Emilio Rosas Maldonado. 26 de abril de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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