PENALES

Artículo IUS 801194. ROBO CON VIOLENCIA Y LESIONES (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ROBO CON VIOLENCIA Y LESIONES (LEGISLACION DE GUANAJUATO).

Si el juzgador consideró el robo cometido con violencia y por otra parte también sancionó las lesiones constitutivas de esa violencia, lo que equivale a que aplicó simultáneamente los dos párrafos que integran el artículo 311 del Código Penal de Guanajuato, tal aplicación es inadmisible, porque el referido precepto contiene una disyuntiva, o sea, si el robo se comete con violencia debe aumentarse la pena de seis meses a tres años de prisión; pero luego agrega que si la violencia constituye otro delito, se aplicarán las reglas de la acumulación, y es ésta última parte la exactamente aplicable al caso, porque la violencia consistió precisamente en las lesiones calificadas.

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Registro digital (IUS): 801194

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Segunda Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo directo 2464/59. Francisco Torres Barajas. 25 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801194 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801194 de la J. Penales SCJN?

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