PENALES

Artículo IUS 801236. CONFESION CALIFICADA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CONFESION CALIFICADA.

La confesión tiene el carácter de calificada por introducirse en ella una circunstancia excluyente de responsabilidad; y tal confesión calificada no contradicha hace prueba plena y debe admitirse tanto en lo que perjudica como en lo que beneficia a quien la produce, principio que interpretado a contrario sensu lleva a admitir el fraccionamiento de la confesión cuando ésta aparezca desvirtuada en parte.

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Registro digital (IUS): 801236

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 8036/60. Gabino Avalos Rojas. 3 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801236 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801236 de la J. Penales SCJN?

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