Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Como esta figura delictiva es protectora de la posesión y no precisamente de la propiedad, no se requiere que el ofendido compruebe su calidad de dueño.
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Registro digital (IUS): 801413
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 57
Amparo directo 2614/59. Cipriano Méndez. 28 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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