Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Aunque el cuchillo que portaba el acusado fuera de los que usa en su carnicería para el trabajo, no debía tenerlo consigo, ya que puede ser usado como arma, que por prohibirla el artículo 160, fracción I, del Código Penal, su portación es ilícita y está sancionada por el artículo 162 del mismo código.
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Registro digital (IUS): 802833
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Segunda Parte; Pág. 13
Amparo directo 2133/57. Antonio Pérez Hernández. 9 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802831. ABUSO DE CONFIANZA Y FRAUDE.
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Art. IUS 802835. CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR).
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