Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el reo realizó deliberadamente los actos propios del ilícito, ejecutando el hecho encaminado directa o inmediatamente a su consumación, la que no se verificó por causas ajenas a su voluntad, al presentarse una persona a auxiliar a la víctima, en esa virtud, la gradación que corresponde a la fase realizada y examinada, es la del delito frustrado o tentativa acabada.
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Registro digital (IUS): 804007
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 677
Amparo penal directo 218/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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