Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Una actitud del acusado que se estimó lícita no puede significar una mayor peligrosidad en él, ni se debe tomar como dato en la aplicación del arbitrio judicial.
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Registro digital (IUS): 804884
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2494
Amparo penal directo 5845/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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