Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
El sentenciador procedió conforme a derecho al condenar al reo, si es incuestionable que en la consumación típica tuvo intervención directa y con la conducta desplegada en tal situación aportó una condición del resultado delictuoso habido.
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Registro digital (IUS): 804896
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2514
Amparo penal directo 3679/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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