Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La agresión del occiso cesó desde el momento en que dejó de tirar golpes con un puñal al acusado, retirándose; y si éste lo siguió pistola en mano, es evidente su ánimo rijoso, es decir, que aceptó la contienda de obra.
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Registro digital (IUS): 805020
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2846
Amparo penal directo 2804/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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