Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Son inatendibles los hechos en que basa sus excusas el acusado, consistentes en que no puede existir el delito de fraude que se le imputa porque el cheque lo expidió sólo en garantía y postfechado, si estas circunstancias no están acreditadas en autos.
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Registro digital (IUS): 805071
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3045
Amparo penal directo 3166/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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