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Artículo IUS 806611. ROBO A LOS FERROCARRILES, COMPETENCIA EN CASO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ROBO A LOS FERROCARRILES, COMPETENCIA EN CASO DE.

Por virtud de la aplicación del artículo 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, es claro que la competencia para conocer de la averiguación instruida con motivo del delito de robo sufrido por la empresa del express correspondiente a los Ferrocarriles Nacionales, incumbe al Juzgado de Distrito, porque el objeto extraído del carro o de la bodega de aquella compañía, es un objeto mueble que estaba bajo la responsabilidad de la empresa de vía general de comunicación.

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Registro digital (IUS): 806611

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1285

Precedentes

Competencia 13/45. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Durango y Segundo del Ramo Penal de Durango. 2 de mayo de 1946. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Franco Carreño, Teófilo Olea y Leyva y José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806611 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806611 de la J. Penales SCJN?

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