Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala
Si en autos está comprobado que el procurador y subprocurador fiscales de la Federación, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 4o. fracción IX de la Ley Orgánica de la Procuraduría Fiscal de la Federación, en vigor al suceder los hechos, formularon querella telegráficamente, manifestando que el fisco federal sufría perjuicio en cantidad igual a la que arrojara la clasificación arancelaria de las mercancías extranjeras decomisadas a los quejosos, es evidente que esta norma especial excluye de aplicación a la contenida en el artículo 8o. del Código Fiscal de la Federación, que alude primordialmente al aspecto administrativo, pues aquella y no ésta es la que contempla el aspecto penal concreto a que se refieren los hechos, siendo indubitable que el acto prejudicial consistente en tal manifestación de perjuicio, sí quedó suficientemente demostrado, siendo, por lo tanto, infundado lo que se argumentó en contrario, como concepto de violación por los amparistas.
---
Registro digital (IUS): 806915
Clave: 67
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1980, Parte II; Pág. 36
Amparo directo 1095/79. Eliseo Iriarte Tapia. 28 de julio de 1980. 5 votos. Ponente: Mario G. Rebolledo. F. Secretario: Francisco Nieto González.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. 1a. CCII/2014 (10a.). DERECHO DE LA PERSONA DETENIDA A SER PUESTA A DISPOSICIÓN INMEDIATA ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO. LA RETENCIÓN INDEBIDA GENERA COMO CONSECUENCIAS Y EFECTOS LA INVALIDEZ DE LOS DATOS DE PRUEBA OBTENIDOS DIRECTA E INMEDIATAMENTE EN AQUÉLLA, AL SER CONSIDERADOS ILÍCITOS.
Siguiente
Art. 1a. CCIV/2014 (10a.). DERECHOS HUMANOS. SU RECONOCIMIENTO Y PROTECCIÓN OBLIGA AL ÓRGANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL AL ESTUDIO DE VIOLACIONES Y PRUEBAS SUPERVENIENTES RELACIONADAS CON LA PRIMERA FASE DE INVESTIGACIÓN EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo