Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el tribunal se funda para agravar la pena de uno de los encausados, en que tiene antecedentes carcelarios, aunque esto sea verdad, tales antecedentes no deben tomarse en cuenta si en los procesos respectivos, se han dictado sentencias absolutorias.
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Registro digital (IUS): 806985
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 20
Amparo penal directo 6383/44. Solís Rocha Antonio. 2 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 806984. PENAS, INEXACTA APLICACION DE LAS.
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Art. IUS 806986. PENAS, AGRAVACION DE LAS (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
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