PENALES

Artículo 3 . ARTICULOS 524 Y 525 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. EL JUZGADOR DEBE ACATAR ESAS DISPOSICIONES.

Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala

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Texto Legal

ARTICULOS 524 Y 525 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. EL JUZGADOR DEBE ACATAR ESAS DISPOSICIONES.

La esencia fundamental de las disposiciones contenidas en los artículos 524 y 525 del Código Federal de Procedimientos Penales, radica en determinar, a través de las autoridades sanitarias, si la compra o posesión de enervantes tiene como finalidad exclusiva el uso personal que de ellos hagan quienes incurren en esos actos. Esa determinación, a pesar de que de acuerdo con tales disposiciones, incumbe al órgano de acusación, nada impide que en primera o segunda instancia, se procure establecerla, tan pronto como se tenga conocimiento de que el caso concreto pueda quedar comprendido en los preceptos mencionados, pues dado que la ley adjetiva es de orden público, si el órgano de acusación deja de cumplir con dichas disposiciones, compete al juzgador acatarlas.

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Registro digital (IUS): 808117

Clave: 3

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1977, Parte II; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 6395/76. Mario Maldonado Gamboa y Alberto Cervera Morales. 3 de agosto de 1977. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero. Secretario: Froylán Guzmán Guzmán.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del PENALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la J. Penales SCJN?

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