Tesis aislada · Séptima Época · Primera Sala
La esencia fundamental de las disposiciones contenidas en los artículos 524 y 525 del Código Federal de Procedimientos Penales, radica en determinar, a través de las autoridades sanitarias, si la compra o posesión de enervantes tiene como finalidad exclusiva el uso personal que de ellos hagan quienes incurren en esos actos. Esa determinación, a pesar de que de acuerdo con tales disposiciones, incumbe al órgano de acusación, nada impide que en primera o segunda instancia, se procure establecerla, tan pronto como se tenga conocimiento de que el caso concreto pueda quedar comprendido en los preceptos mencionados, pues dado que la ley adjetiva es de orden público, si el órgano de acusación deja de cumplir con dichas disposiciones, compete al juzgador acatarlas.
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Registro digital (IUS): 808117
Clave: 3
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1977, Parte II; Pág. 22
Amparo directo 6395/76. Mario Maldonado Gamboa y Alberto Cervera Morales. 3 de agosto de 1977. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero. Secretario: Froylán Guzmán Guzmán.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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