Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el individuo a quien se acusa del delito de peculado, no comprueba las causas de la desaparición de los fondos que estaban bajo su custodia, es de presumirse que los distrajo para uso propio o ajeno, requisito que se exige para la existencia del delito, máxime, si la conducta del acusado fortalece esa presunción, como sucede si éste no da explicación alguna de la desaparición de la cantidad faltante.
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Registro digital (IUS): 808826
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 303
Amparo penal directo 7045/37. Alvarez de la Cuadra Ricardo. 14 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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