Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Conforme a la ley de procedimientos penales de Puebla, el recurso de casación procede contra las sentencias definitivas, dictadas por los Jueces de lo criminal, cuando en ellas se haya violado expresamente una ley o se funden en una no aplicable al caso.
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Registro digital (IUS): 810699
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 259
Amparo penal directo. Huerta Enrique. 30 de enero de 1920. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 810681. AUTO DE FORMAL PRISION.
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