PENALES

Artículo IUS 810825. VISITAS DOMICILIARIAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

VISITAS DOMICILIARIAS.

Al practicarlas, a excepción de los objetos que tengan relación con el proceso que las motiva, los demás quedarán a disposición de su dueño.

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Registro digital (IUS): 810825

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 623

Precedentes

Amparo penal en revisión. Finnigan Brown Company. 7 de abril de 1920. Mayoría de seis votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Ausentes: Benito Flores y Patricio Sabido. Disidentes: Alberto M. González, Enrique Moreno y José María Mena. Unanimidad de nueve votos, en lo que se refiere al segundo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810825 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810825 de la J. Penales SCJN?

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