Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La falta de pruebas sobre que la cosa robada pertenece a determinada persona, no basta para tener por inexistente el delito de robo, ya que ese delito puede existir aun cuando se ignore quién es el dueño del objeto robado.
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Registro digital (IUS): 810879
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 327
Amparo penal directo. Zepeda Juan M. 1o. de febrero de 1919. Mayoría de ocho votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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