Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No puede alegarse la violación de ese artículo, cuando, por presentarse nueva acusación por el Ministerio Público, en virtud de no ser exacta la primera clasificación del hecho delictuoso, se abre el proceso correspondiente , sobreseyéndose respecto de la acusación primeramente presentada.
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Registro digital (IUS): 810998
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 789
Amparo penal en revisión. Howat José. 19 de abril de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Benito Flores, Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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