PENALES

Artículo IUS 811448. JEFES MILITARES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

JEFES MILITARES.

No están capacitados para sostener competencias directamente y por sí mismos contra los tribunales, sino que deben entablarlas por conducto de los Jueces instructores respectivos.

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Registro digital (IUS): 811448

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 79

Precedentes

Competencia. Suscitada entre el Alcalde Segundo Constitucional de Colotlán y el Jefe del Regimiento Número 36, de Guarnición en la Plaza. 8 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811448 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811448 de la J. Penales SCJN?

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