Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No están capacitados para sostener competencias directamente y por sí mismos contra los tribunales, sino que deben entablarlas por conducto de los Jueces instructores respectivos.
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Registro digital (IUS): 811448
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 79
Competencia. Suscitada entre el Alcalde Segundo Constitucional de Colotlán y el Jefe del Regimiento Número 36, de Guarnición en la Plaza. 8 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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