PENALES

Artículo IUS 811694. PRISION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PRISION.

En el amparo que se enderece contra el hecho de estar preso el quejoso, es improcedente la suspensión, si aquél goza ya de la libertad caucional.

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Registro digital (IUS): 811694

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1424

Precedentes

Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Dupont Jerónimo. 14 de mayo de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811694 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811694 de la J. Penales SCJN?

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