PENALES

Artículo IUS 811817. PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA.

Ejecutando,en muchos casos, actos propios de autoridad, y pudiendo, por tanto, violar garantías individuales, es autoridad responsable para los efectos del amparo, que procede hasta contra autoridades de facto.

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Registro digital (IUS): 811817

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 470

Precedentes

Amparo penal en revisión. Palomares Jesús. 14 de agosto de 1918. Mayoría de seis votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811817 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811817 de la J. Penales SCJN?

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