PENALES

Artículo IUS 812506. INCIDENTE DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

INCIDENTE DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.

Los incidentes de esta índole generalmente se fallan al mismo tiempo que el principal, o bien después si es que el incidente no se encuentra en condiciones de ser resuelto. Cuando ocurre lo que en el presente caso, que el presunto responsable se encuentra prófugo y no hay más que orden de aprehensión en su contra, resulta antijurídico absolver al demandado antes de saber si ese presunto autor del delito es responsable o no lo es. Mas si el Juez absuelve en las circunstancias expresadas, procede conceder el amparo para que la ordenadora deje sin efecto la sentencia absolutoria y en su lugar decrete la suspensión del incidente, entre tanto se encuentre en condiciones de ser fallado.

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Registro digital (IUS): 812506

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1964; Pág. 38

Precedentes

Amparo directo 6621/61. Canizales viuda de Corrales Rosario. 10 de junio de 1964. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez. Secretario: José M. Ortega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812506 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812506 de la J. Penales SCJN?

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