Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si se demuestra fehacientemente que los agentes sembraron y cultivaron en su terreno marihuana y no aportaron ninguna prueba para demostrar las circunstancias en que fundan su inculpabilidad, su responsabilidad en el delito, debe tenerse por comprobada.
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Registro digital (IUS): 812726
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 45
Amparo directo 7623/62. Antonio Trujillo Ortega y coagraviado. 26 de septiembre de 1963. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: José de la Peña.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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