Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Únicamente el tercero poseedor de buena fe, goza de la garantía constitucional de ser oído y vencido en juicio, porque su derecho a la posesión aparece tan respetable como el del querellante en un proceso; pero cuando el objeto delictivo se halla en poder del acusado o de sus cómplices o encubridores, o en el de alguien que sin participar en la responsabilidad criminal del enjuiciado, no desempeñe otra función que la de facilitar la ocultación de la cosa o su aprovechamiento por el inculpado, es por completo justificado, dentro del criterio moral, la facultad de asegurar dicha cosa, tanto para que vuelva a su propietario, como para que no sirva de provecho en modo alguno al procesado por robo o por delito semejante.
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Registro digital (IUS): 813345
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 28
Amparo en revisión 6466/39. Alejandro Hechtr. 12 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona al ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.1o.P.18 P (10a.). TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. ATENTO A SU CALIDAD DE VÍCTIMA, TIENE ESE CARÁCTER QUIEN DENUNCIÓ EL DELITO POR EL QUE SE DICTÓ EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN QUE SE RECLAMA EN EL JUICIO DE AMPARO, AUN CUANDO AQUÉL SEA DE RESULTADO FORMAL Y LA AFECTACIÓN AL BIEN JURÍDICO QUE PROVOCA SEA EN PERJUICIO DE LA SOCIEDAD EN GENERAL.
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