PENALES

Artículo IUS 813811. ROBO DE HUESPED.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ROBO DE HUESPED.

No es sólo para el comensal en el estricto sentido de la palabra, para el que prescribe la pena el artículo 381 del Código Penal, sino, dentro del realismo de la ley, para todo el que, en un significado más amplio de la misma, es recibido en confianza en una casa con el propósito desinteresado de agasajarlo y obsequiarlo.

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Registro digital (IUS): 813811

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 89

Precedentes

Amparo número 5954/41. Juan Escobedo Serratos. 23 de enero de 1942. La publicación no menciona votación ni nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813811 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813811 de la J. Penales SCJN?

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