Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
En el error accidental, el sujeto actúa desde el inicio en un plano de antijuridicidad, y si bien es cierto que no hay coincidencia entre su representación y el resultado producido, debe afirmarse que no por ello la reciprocidad disminuye, pues lo que interesa al dolo es la voluntad de un resultado delictivo en abstracto, independientemente del pasivo de la acción.
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Registro digital (IUS): 814064
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1955; Pág. 22
Amparo directo penal 1557/50. Porfirio Rojas. 25 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González. Bustamante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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