PENALES

Artículo IUS 814140. INCOMUNICACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

INCOMUNICACION.

La incomunicación de que se hace objeto a un procesado es por sí violatoria de garantías, en términos de la fracción II del artículo 20 constitucional, y aunque la responsable niegue tal acto, si se aporta prueba bastante en contrario, debe darse por cierto y otorgarse la protección de la Justicia Federal.Dentro del auto de formal prisión que se reclama, las diligencias de descripción, fe de lesiones y autopsia en la que intervino un práctico por no haber perito en el lugar, constituyen prueba bastante para estimar probado el cuerpo del delito de homicidio, como ya lo ha sostenido esta Primera Sala de la Suprema Corte en constante jurisprudencia.

---

Registro digital (IUS): 814140

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 85

Precedentes

Amparo directo 3931/48.Vásquez Estudillo Vicente. 10 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814140 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814140 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814140 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814140 PENALES desde tu celular