PENALES

Artículo IUS 816726. ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL CODIGO PENAL. AMPLIACION DEL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL CODIGO PENAL. AMPLIACION DEL.

Este precepto se refiere a los acusados, palabra que ha sido aceptada generalmente en el lenguaje jurídico al referirse a las personas a quienes se instruye un proceso y quienes pueden ser condenadas o absueltas al dictarse la sentencia definitiva. En el caso se trata de un individuo sentenciado, según consta de los puntos resolutivos de la sentencia ejecutoriada de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, de fecha treinta y uno de mayo de mil novecientos treinta y tres, por lo cual no puede tener aplicación el citado artículo segundo transitorio, para los efectos de la libertad preparatoria que solicitó el quejoso.

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Registro digital (IUS): 816726

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 22

Precedentes

Amparo en revisión 1755/36. González Pérez Ernesto. 28 de abril de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816726 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816726 de la J. Penales SCJN?

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