PENALES

Artículo IUS 817667. REVISION DE OFICIO EN MATERIA PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

REVISION DE OFICIO EN MATERIA PENAL.

La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, bajo el rubro "Revisión de Oficio en Materia Penal" en la página 3,375 del tomo XXVII del Semanario Judicial de la Federación, se refiere a casos en que la revisión de oficio permita al tribunal correspondiente, entrar al fondo del asunto, pudiendo, por consiguiente, revocar, confirmar o reformar la sentencia dictada por el Tribunal Superior. En tal virtud, esa jurisprudencia no se contrae a la revisión de oficio que los Tribunales de Circuito llevan a efecto en los procesos instruidos en los Juzgados de Distrito, conforme al Capítulo Cuarto del Título Tercero del Código Federal de Procedimientos Penales. De esto resulta que no es exacto que la mencionada jurisprudencia haya establecido, firmemente, que la revisión de oficio en materia penal, está en pugna con lo mandado en el artículo 21 constitucional, y que el Capítulo IV, Título Tercero del Código Federal de Procedimientos Penales ha quedado derogado por las disposiciones relativas de la Carta Magna. Tampoco es exacto que, por virtud de la revisión de oficio, los Tribunales de Circuito se conviertan en perseguidores o investigadores de oficio, contraviniendo los artículos 21 y 102 de la Constitución, porque si el Magistrado de Circuito procede a declarar si hay o no méritos de responsabilidad, es por efecto de la acusación o denuncia del Ministerio Público, de conformidad con el sistema establecido por los preceptos constitucionales de referencia. Por tanto, el Juez de Distrito respectivo está obligado a remitir al Tribunal de Circuito que corresponda, los autos del proceso, para la revisión de oficio, tanto mas, cuanto que la disciplina entre los Tribunales Federales así lo exige.

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Registro digital (IUS): 817667

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1932; Pág. 64

Precedentes

Controversia originada con motivo de la orden del Tercer Circuito, para que se remitiera el proceso instruido contra The Elson y Cristos Nicolahedos para la revisión de oficio. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817667 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817667 de la J. Penales SCJN?

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