Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No lo es el cometido por un miembro del Ejército, que aunque comisionado para un determinado servicio, ejecutó el hecho delictuoso fuera del lugar dónde debía desempeñar su comisión, y sin que existiera alguna razón por la cuál, el acto de servicio hubiera obligado al militar a salir para desempeñarlo fuera.
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Registro digital (IUS): 817677
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1932; Pág. 67
Competencia suscitada entre las Juntas de Conciliación y Arbitraje de Villahermosa y Cunduacán, Estado de Tabasco. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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