Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si bien es cierto que la sola violación de los reglamentos y disposiciones sobre tránsito de vehículos no es suficiente para comprobar que un acusado obró culposamente, su inobservancia es relevante cuando se causa un daño a las personas o al patrimonio y se demuestra que fue por manejar con excesiva velocidad.
---
Registro digital (IUS): 817994
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 184
Amparo directo 7993/59. Porfirio Reyes Sánchez. 7 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 180, página 103, bajo el rubro "IMPRUDENCIA, DELITOS POR. VIOLACION DE REGLAMENTOS DE TRANSITO.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. I.9o.P.156 P (10a.). ACTOS DE TORTURA. FUENTE CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL DE DONDE DERIVA EL DERECHO HUMANO A NO SER OBJETO DE AQUÉLLOS.
Siguiente
Art. IUS 817995. IMPRUDENCIA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo