Declaratoria Administrativa

Declaratoria de Desastre Natural en el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, a consecuencia de la lluvia severa e inundación fluvial ocurrida el 24 de octubre de 2018 en los municipios Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruíz, Santiago Ixcuitla, Tecuala y Tuxpan, en el Estado de Nayarit.

27 de noviembre de 2018
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
Sección PRIMERA SECCION
Código DOF: 5544811
Materia
Administrativa
Sección DOF
PRIMERA SECCION
Importancia
Media
Fecha
2018-11-27
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Texto completo

DECLARATORIA de Desastre Natural en el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, a consecuencia de la lluvia severa e inundación fluvial ocurrida el 24 de octubre de 2018 en los municipios Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruíz, Santiago Ixcui DECLARATORIA de Desastre Natural en el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, a consecuencia de la lluvia severa e inundación fluvial ocurrida el 24 de octubre de 2018 en los municipios Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruíz, Santiago Ixcuitla, Tecuala y Tuxpan, en el Estado de Nayarit. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. RAUL ENRIQUE GALINDO FAVELA, Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 16, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 de la Ley de Planeación; 7, 8, 32 fracciones IX y X, 60, 61, 65, 89, 124 y 129 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2018; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7 fracción X y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 27 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, publicado el 29 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación; y artículo único del Acuerdo por el que se modifica el diverso mediante el cual se delega a favor del Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la facultad de emitir declaratorias de desastre natural perturbador para los casos de sequía, helada, granizada, nevada, lluvia torrencial, inundación significativa, tornado, ciclón, terremoto, erupción volcánica, maremoto, movimiento de ladera, en sus diferentes manifestaciones, cuando los daños por estos desastres naturales perturbadores afecten exclusivamente al sector agropecuario, acuícola y pesquero, publicado el 13 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación. CONSIDERANDO Que el artículo 27 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, señala que cuando ocurra un desastre natural que afecte a las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y/o acuícola de productores de bajos ingresos, se podrán gestionar la publicación de la Declaratoria de Desastre Natural en el Diario Oficial de la Federación. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, con la finalidad de fortalecer y elevar la eficiencia de la operación del Componente Atención a Siniestros Agropecuarios; así como agilizar el proceso de gestión de los apoyos, el único medio de atención y ventanilla será el Sistema de Operación y Gestión Electrónica, por lo que no se atenderá ninguna solicitud por otra vía, en ese sentido se han establecido los Lineamientos operativos y técnicos del sistema de Operación y Gestión Electrónica del Componente Atención a Desastres Naturales. Que a consecuencia del Huracán Willa, ocurrió lluvia severa e inundación pluvial el 24 de octubre de 2018 y existen afectaciones en activos productivos elegibles de productores agropecuarios del medio rural de bajos ingresos, que no cuentan con algún tipo de aseguramiento público o privado agropecuario, en los municipios Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruíz, Santiago Ixcuitla, Tecuala y Tuxpan en el Estado de Nayarit. Que el C. Secretario de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Nayarit y el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Nayarit, a través del Sistema de Operación y Gestión Electrónica, con fecha 8 de noviembre de 2018, formularon la solicitud con número de Folio 301527, al Titular de esta Secretaría para emitir la Declaratoria por Desastre Natural en virtud a los daños ocasionados al sector agropecuario, acuícola y pesquero, por el fenómeno meteorológico señalado en el considerando anterior, así como los recursos del componente, manifestando su acuerdo y conformidad con las fórmulas de coparticipación de recursos establecidas en la normatividad aplicable. Que en acatamiento a lo dispuesto en los artículos 25 y 27 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018, la Dirección General de Atención al Cambio Climático en el Sector Agropecuario, como Unidad Responsable del Componente Atención a Siniestros Agropecuarios, se cercioró de que la autoridad técnica competente hubiese remitido su dictamen técnico sobre la ocurrencia de este fenómeno, mismo que mediante Oficio B00.8.-586 de fecha 25 de octubre de 2018, emitido por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) menciona la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial en consecuencia del Huracán Willa 24 de octubre de 2018 en los municipios Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruíz, Santiago Ixcuitla, Tecuala y Tuxpan en el Estado de Nayarit. Que derivado de lo anterior, se determinó procedente declarar en Desastre Natural para el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, a los municipios antes mencionados del Estado de Nayarit, por lo que he tenido a bien expedir la siguiente: DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL EN EL SECTOR AGROPECUARIO, ACUÍCOLA Y PESQUERO, A CONSECUENCIA DE LA LLUVIA SEVERA E INUNDACIÓN FLUVIAL OCURRIDA EL 24 DE OCTUBRE DE 2018 EN LOS MUNICIPIOS ACAPONETA, DEL NAYAR, HUAJICORI, ROSAMORADA, RUÍZ, SANTIAGO IXCUITLA, TECUALA Y TUXPAN, EN EL ESTADO DE NAYARIT Artículo 1o.- Se emite la declaratoria de desastre natural en el sector agropecuario, acuícola y pesquero a consecuencia de la lluvia severa e inundación fluvial ocurrida el 24 de octubre de 2018 en los municipios Acaponeta, Del Nayar, Huajicori, Rosamorada, Ruíz, Santiago Ixcuitla, Tecuala y Tuxpan, y en virtud de los daños ocasionados por dicho fenómeno meteorológico a los activos productivos elegibles de los productores agropecuarios, acuícolas y pesqueros, del medio rural de bajos ingresos, que no cuentan con algún tipo de aseguramiento público o privado agropecuario, en el Estado de Nayarit. Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural en el Sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero, se expide exclusivamente para efecto de ejercer los recursos con cargo al presupuesto del Componente Atención a Siniestros Agropecuarios y de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018. Artículo 3o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación. TRANSITORIO UNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 13 de noviembre de 2018.- El Subsecretario de Desarrollo Rural, Raúl Enrique Galindo Favela.- Rúbrica.

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