Acuerdo por el que se delega en la Dirección de Administración y Finanzas y en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), la facultad de administrar la Normateca interna de acuerdo con las disposiciones normativas establecidas para su operación, a fin de facilitar la publicación, difusión y consulta de la normatividad interna aprobada por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI) de CAPUFE, misma que se registra en el Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal (SANI-APF).
09 de marzo de 2023
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
ACUERDO por el que se delega en la Dirección de Administración y Finanzas y en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), la facultad de administrar la Normateca ACUERDO por el que se delega en la Dirección de Administración y Finanzas y en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), la facultad de administrar la Normateca interna de acuerdo con las disposiciones normativas establecidas para su operación, a fin de facilitar la publicación, difusión y consulta de la normatividad interna aprobada por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI) de CAPUFE, misma que se registra en el Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal (SANI-APF).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Caminos y Puentes Federales.
ACUERDO DE LA CIUDADANA DIRECTORA GENERAL DE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
ACUERDO por el que se delega en la a la Dirección de Administración y Finanzas y en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), la facultad de administrar la Normateca interna de acuerdo con las disposiciones normativas establecidas para su operación, a fin de facilitar la publicación, difusión y consulta de la normatividad interna aprobada por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI) de CAPUFE, misma que se registra en el Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal (SANI-APF); en virtud de que la Dirección de Administración y Finanzas es el área facultada para coordinar la elaboración, actualización y supervisión de los manuales de organización, de procedimientos y administrativos; así como dirigir las acciones en materia de mejora regulatoria, con base en la normatividad aplicable; así también la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional es el área responsable de determinar con las unidades administrativas de CAPUFE los programas de mejora regulatoria interna, conforme a los lineamientos aplicables en materia de simplificación regulatoria y lo dispuesto en el Estatuto Orgánico de CAPUFE vigente, en lo relativo a coordinar las acciones que permitan el funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna del Organismo.
La que suscribe Maestra Elsa Julita Veites Arévalo, Directora General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (en adelante CAPUFE), con fundamento en las atribuciones que me son conferidas por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11, 14, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; PRIMERO y OCTAVO del Decreto que Reestructura la Organización y Funcionamiento del Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; 1, 2, 4, 21, 22 fracciones II, XIV, XXII, XLI, 23 y 49 fracciones XI y XII y demás relativos aplicables del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, emito el presente acuerdo con base en los siguientes:
CONSIDERANDO
I. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se faculta a los Directores Generales de los Organismos Descentralizados a celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto, sin perjuicio de las facultades que señalen otras leyes, ordenamientos o estatutos.
II. Que el artículo 21 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, establece que la representación del Organismo, así como, el trámite y resolución de los asuntos de su competencia corresponden originalmente a la Dirección General, quien para la mejor distribución, desarrollo y realización del trabajo, podrá delegar sus facultades en servidores públicos subalternos, sin perder por ello su ejercicio directo, con excepción de aquellas que deberán ser ejercidas directamente por la Dirección. Asimismo, se auxiliará de las unidades administrativas adscritas a la oficina de la Dirección General y, en el ámbito de sus respectivas funciones, en las Direcciones, Coordinaciones, Secretaría Técnica, Subdirecciones, Unidades Regionales y demás Unidades Administrativas de CAPUFE, así como, del personal adscrito a éstas.
III. Aunado a lo anterior, las fracciones XIV y XLI del artículo 22 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, facultan a la Dirección General para tomar las medidas pertinentes, a fin de que las funciones del Organismo se realicen de manera articulada, congruente y eficaz, así como, para preparar y mantener una administración ágil y eficiente.
IV. Que la Dirección de Administración y Finanzas, de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Mejora Regulatoria, en específico en el artículo 13, funge como Responsable Oficial de Mejora Regulatoria (ROMR) en CAPUFE, área encargada de coordinar, articular y vigilar el cumplimiento de la política de mejora regulatoria y la Estrategia al interior de este Organismo conforme a lo dispuesto en dicha Ley y en las disposiciones que de ella deriven.
V. Que la Dirección de Administración y Finanzas, derivado de las actividades que realiza en función de las atribuciones conferidas por el artículo 36, fracción XIII del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, tiene la función de dirigir las acciones en materia de mejora regulatoria interna, con base en la normatividad aplicable, mediante la simplificación de las normas internas y las que tengan impacto en los procesos, trámites y servicios, que contribuyan a mejorar el marco normativo vigente, así como la eficiente ejecución de sus procesos, por lo que a través de la Normateca Interna del Organismo, se difunden y consultan las disposiciones administrativas y sustantivas de aplicación general; lo cual se encuentra inmerso en el artículo 55 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos en la fracción VIII.
VI. Que analizando las atribuciones que le son conferidas a la Subdirección de Transparencia y Control Institucional en el artículo 55 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos en la fracción VIII, se considera que la misma es del ámbito de competencia de la Dirección de Administración y Finanzas y de la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, por lo que deben ser delegadas a esta última Subdirección.
VII. Que la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas, por el artículo 50 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, se puede advertir que tiene funciones que versan a groso modo en coordinar las acciones que permitan el funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna, a fin de contribuir al ejercicio y cumplimiento de las atribuciones de los servidores públicos del Organismo con base en lo previsto en Manual General de Organización de CAPUFE y en los Lineamientos de Mejora y Simplificación Regulatoria Interna, mediante la simplificación de sus procesos y normas, cuya difusión y consulta de las disposiciones administrativas y sustantivas de aplicación general, permite conocer, aplicar y dotar de certeza jurídica el marco normativo de CAPUFE, a través de su Normateca Interna.
VIII. Que en el caso que nos ocupa, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos de Mejora y Simplificación Regulatoria Interna, se considera que las funciones establecidas para la Subdirección de Transparencia y Control Institucional deben recaer en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, toda vez que la Presidencia del Comité de Mejora Regulatoria Interna recae en la persona Titular de la Dirección de Administración y Finanzas y a su vez la Secretaría Ejecutiva en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, quien funge como Enlace de Simplificación Regulatoria (ESR) ante la Secretaría de la Función Pública y es el área responsable de la operación del Sistema de la administración del inventario de CAPUFE, enlace designado por la persona Titular de la Dirección de Administración y Finanzas, quien tiene la facultad de dar seguimiento en el SANI-APF, de la norma registrada hasta que cumpla todas sus etapas y validación de la Secretaría de la Función Pública; asimismo, tiene la atribución de elaborar y dar seguimiento al Programa de Trabajo Anual de Simplificación Regulatoria (PTSRI) del Comité de Mejora Regulatoria Interna; por lo que en virtud de que todo el proceso se realiza en la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, se considera que debe recaer en dicha Subdirección la administración de la Normateca Interna de este Organismo Descentralizado; lo cual permitirá optimizar el control de la información y fortalecerá el proceso de regulación de dicha normatividad.
IX. Que con el propósito de cumplir con la referida fracción VIII, del artículo 55 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, y con la finalidad de evitar duplicidad de funciones y que las facultades y atribuciones previstas recaigan en la Dirección y Subdirección que implementan el proceso de mejora regulatoria, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO. Se delega a la Dirección de Administración y Finanzas, en su calidad de Responsable Oficial de Mejora Regulatoria, a través de la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo Organizacional, las atribuciones relativas a administrar la Normateca Interna de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; contando además con las ya conferidas en los artículos 36 y 50 respectivamente del propio Estatuto Orgánico de este Organismo, con la establecida en la fracción VIII del artículo 55 del citado ordenamiento, misma que a continuación se enlista para efecto de mayor claridad:
VIII. Administrar la Normateca interna de acuerdo con las disposiciones normativas establecidas para su operación, a fin de facilitar su difusión y consulta.
TRANSITORIO
ÚNICO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Cúmplase:
Cuernavaca, Morelos, a 16 de febrero de 2023.- Así lo resolvió la Ciudadana Directora General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, quien lo refrenda, Mtra. Elsa Julita Veites Arévalo.- Rúbrica.
(R.- 533262)
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