Oficio Alta importancia Fiscal

Oficio 500-05-00-00-00-2026-24366 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

18 de septiembre de 2026
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Sección PODER EJECUTIVO
Código DOF: 5799038
Materia
Fiscal
Sección DOF
PODER EJECUTIVO
Importancia
Alta
Fecha
2026-09-18
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Análisis SDV Asesores

El oficio 500‑05‑00‑00‑00‑2026‑24366 comunica el listado global definitivo de presunción de inexistencia de operaciones, conforme al artículo 69‑B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación. Cada contribuyente incluido recibió un oficio individual con un plazo de quince días hábiles para presentar pruebas que desvirtúen la presunción; de no hacerlo, la autoridad emitirá resolución definitiva y publicará su nombre en el listado oficial.

Afecta directamente a los contribuyentes que emitieron comprobantes sin contar con la capacidad material o financiera para respaldarlos: empresas manufactureras, prestadores de servicios y comerciantes que hayan facturado sin tener activos, personal o infraestructura. La publicación genera una exposición pública y la posibilidad de multas, recargos y, en casos graves, procedimientos penales por defraudación fiscal.

Recomendamos revisar el anexo del oficio, identificar si su empresa figura y, en caso afirmativo, reunir documentación que demuestre la existencia real de los bienes, servicios o mercancías vinculados a los comprobantes emitidos. La respuesta debe enviarse dentro del plazo de 15 días hábiles a la autoridad correspondiente; de lo contrario, se procederá a la resolución definitiva y la publicación del nombre, lo que incrementa el riesgo de auditorías posteriores y sanciones.

Resumen

Se publicó el listado definitivo de contribuyentes a quienes se les aplicó la presunción de inexistencia de operaciones bajo el artículo 69‑B del CFF, con plazo de 15 días hábiles para desvirtuar la presunción.

Texto completo

OFICIO 500-05-00-00-00-2026-24366 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. OFICIO: 500-05-00-00-00-2026-24366. Asunto: Se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación. La Administración Central de Fiscalización Estratégica , adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B párrafos primero, cuarto y quinto del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente: Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en el citado Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes. Detectada tal situación, la autoridad fiscal, a fin de dar cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo, del Código Fiscal de la Federación, así como al numeral 69 del Reglamento del citado Código, emitieron oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1, y en dicho oficio se indicaron los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Ahora bien, los oficios individuales señalados en el párrafo que precede fueron notificados a cada contribuyente en los términos precisados en el Anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo. Por otra parte, el listado global de presunción fue notificado en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria; y mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los términos precisados en el anexo 1, apartado B y C, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo, lo anterior de conformidad con la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación. Atendiendo lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de dichas autoridades en términos del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud que esos contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en ejercicio del derecho previsto en el citado precepto legal, presentaron, a través de los medios indicados en las propias resoluciones individuales, diversa información, documentación y argumentos a fin de desvirtuar los hechos dados a conocer en los oficios individuales señalados anteriormente, y dichas autoridades procedieron a la admisión y valoración de los mismos. Derivado de la valoración mencionada en el párrafo que antecede, y en virtud de que con los argumentos manifestados y pruebas proporcionadas por esos contribuyentes las referidas autoridades consideraron que esos contribuyentes no desvirtuaron los hechos que se les imputaron en los oficios individuales de presunción ya señalados, las mismas resolvieron lo conducente y procedieron a la emisión de las resoluciones definitivas en las cuales se señalaron las razones, motivos y fundamentos del por qué no desvirtuaron dichos hechos; resoluciones que fueron debidamente notificadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden a cada uno de los contribuyentes señalados en el Anexo 1, apartado D, del presente oficio. Por lo anteriormente expuesto y, tomando en cuenta que el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, señala que en ningún caso se publicará el listado antes de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la resolución y que, a la fecha ha transcurrido dicho plazo desde la notificación de la resolución y, además las citadas autoridades no han sido notificadas de alguna resolución o sentencia concedida a favor de esos contribuyentes que ordene la suspensión o declare la nulidad o revocación del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación , que se les tiene iniciado; por tanto, con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en apoyo a las autoridades fiscales señaladas en el Anexo 1 del presente, procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación , por los motivos y fundamentos señalados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ellos, listado que se publicará en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria ( www.sat.gob.mx ) así como en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquellos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones. Atentamente. Ciudad de México, a 17 de julio de 2026. - Administrador Central de Fiscalización Estratégica , L.C. Rubén Martín López Rodríguez .- Rúbrica. Anexo 1 del oficio número 500-05-00-00-00-2026-24366 de fecha 17 de julio de 2026, correspondiente a contribuyentes que SÍ aportaron argumentos y/o pruebas, pero NO desvirtuaron el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, actualizando DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento. R.F.C. Nombre, denominación o razón social del Contribuyente Número y fecha de oficio individual de presunción Autoridad emisora del oficio individual de presunción Medio de notificación al contribuyente Estrados de la autoridad Notificación personal Notificación por Buzón Tributario Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal Fecha en que surtió efectos la notificación Fecha de notificación Fecha en que surtió efectos la notificación Fecha de notificación Fecha en que surtió efectos la notificación 1 CACX921104F80 CASTILLO CASAS ANDRES 500-42-00-03-00- 2025-06083 de fecha 01 de diciembre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 05 de diciembre de 2025 08 de diciembre de 2025 2 HEMC771223RJ1 HERNANDEZ MEJIA CARLOS ALBERTO 500-29-00-04-01- 2025-5092 de fecha 05 de diciembre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Hidalgo "1" 09 de diciembre de 2025 10 de diciembre de 2025 3 MCO231102LQ2 MALAWI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. 500-42-00-05-02- 2025-05260 de fecha 21 de octubre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 23 de octubre de 2025 24 de octubre de 2025 4 PSC070711NF3 PLA SERVICES AND COMMERCE, S.A. DE C.V. 500-25-00-05-01- 2025-22402 de fecha 25 de noviembre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guanajuato "2" 01 de diciembre de 2025 02 de diciembre de 2025 5 RED2303169L6 REDICIG, S.A. DE C.V. 500-42-00-06-02- 2025-05391 de fecha 27 de octubre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 31 de octubre de 2025 03 de noviembre de 2025 6 REM220811676 RECICLAJES EMPASC, S.A. DE C.V. 500-42-00-06-03- 2025-05421 de fecha 27 de octubre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 31 de octubre de 2025 03 de noviembre de 2025 7 SQF181005TT3 SERVICIOS QFW, S.A. DE C.V. 500-18-00-07-02- 2025-1389 de fecha 02 de octubre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Colima "1" 08 de octubre de 2025 09 de octubre de 2025 8 TEC220817Q25 TECTNE, S.A. DE C.V. 500-42-00-04-03- 2025-05308 de fecha 22 de octubre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 28 de octubre de 2025 29 de octubre de 2025 9 TRI220225KK2 TRIZO, S.A. DE C.V. 500-42-00-04-04- 2025-05315 de fecha 23 de octubre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 29 de octubre de 2025 30 de octubre de 2025 10 YCO200211RIA YILMAS CORPORATION, S.A. DE C.V. 500-31-00-09-01- 2025-6056 de fecha 30 de septiembre de 2025 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Jalisco "2" 01 de octubre de 2025 02 de octubre de 2025 Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. R.F.C. Nombre, denominación o razón social del Contribuyente Número y fecha de oficio global de presunción Autoridad emisora del oficio global de presunción Fecha de notificación en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria Fecha en que surtió efectos la notificación 1 CACX921104F80 CASTILLO CASAS ANDRES 500-05-2026-3931 de fecha 23 de enero de 2026 Administración Central de Fiscalización Estratégica 23 de enero de 2026 26 de enero de 2026 2 HEMC771223RJ1 HERNANDEZ MEJIA CARLOS ALBERTO 500-05-2025-39537 de fecha 16 de diciembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 16 de diciembre de 2025 17 de diciembre de 2025 3 MCO231102LQ2 MALAWI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 11 de noviembre de 2025 12 de noviembre de 2025 4 PSC070711NF3 PLA SERVICES AND COMMERCE, S.A. DE C.V. 500-05-2025-39537 de fecha 16 de diciembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 16 de diciembre de 2025 17 de diciembre de 2025 5 RED2303169L6 REDICIG, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 11 de noviembre de 2025 12 de noviembre de 2025 6 REM220811676 RECICLAJES EMPASC, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 11 de noviembre de 2025 12 de noviembre de 2025 7 SQF181005TT3 SERVICIOS QFW, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 11 de noviembre de 2025 12 de noviembre de 2025 8 TEC220817Q25 TECTNE, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 11 de noviembre de 2025 12 de noviembre de 2025 9 TRI220225KK2 TRIZO, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 11 de noviembre de 2025 12 de noviembre de 2025 10 YCO200211RIA YILMAS CORPORATION, S.A. DE C.V. 500-05-2025-35854 de fecha 13 de octubre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 13 de octubre de 2025 14 de octubre de 2025 Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación. R.F.C. Nombre, denominación o razón social del Contribuyente Número y fecha de oficio global de presunción Autoridad emisora del oficio global de presunción Fecha de notificación en el Diario Oficial de la Federación Fecha en que surtió efectos la notificación 1 CACX921104F80 CASTILLO CASAS ANDRES 500-05-2026-3931 de fecha 23 de enero de 2026 Administración Central de Fiscalización Estratégica 13 de marzo de 2026 16 de marzo de 2026 2 HEMC771223RJ1 HERNANDEZ MEJIA CARLOS ALBERTO 500-05-2025-39537 de fecha 16 de diciembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 13 de marzo de 2026 16 de marzo de 2026 3 MCO231102LQ2 MALAWI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 20 de febrero de 2026 23 de febrero de 2026 4 PSC070711NF3 PLA SERVICES AND COMMERCE, S.A. DE C.V. 500-05-2025-39537 de fecha 16 de diciembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 13 de marzo de 2026 16 de marzo de 2026 5 RED2303169L6 REDICIG, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 20 de febrero de 2026 23 de febrero de 2026 6 REM220811676 RECICLAJES EMPASC, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 20 de febrero de 2026 23 de febrero de 2026 7 SQF181005TT3 SERVICIOS QFW, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 20 de febrero de 2026 23 de febrero de 2026 8 TEC220817Q25 TECTNE, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 20 de febrero de 2026 23 de febrero de 2026 9 TRI220225KK2 TRIZO, S.A. DE C.V. 500-05-2025-36065 de fecha 11 de noviembre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 20 de febrero de 2026 23 de febrero de 2026 10 YCO200211RIA YILMAS CORPORATION, S.A. DE C.V. 500-05-2025-35854 de fecha 13 de octubre de 2025 Administración Central de Fiscalización Estratégica 21 de noviembre de 2025 24 de noviembre de 2025 Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. R.F.C. Nombre, denominación o razón social del Contribuyente Número y fecha de resolución definitiva Autoridad emisora de la resolución definitiva Medio de notificación al contribuyente Estrados de la autoridad Notificación personal Notificación por Buzón Tributario Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal Fecha en que surtió efectos la notificación Fecha de notificación Fecha en que surtió efectos la notificación Fecha de notificación Fecha en que surtió efectos la notificación 1 CACX921104F80 CASTILLO CASAS ANDRES 500-42-00-03-02- 2026-02961 de fecha 18 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 18 de mayo de 2026 19 de mayo de 2026 2 HEMC771223RJ1 HERNANDEZ MEJIA CARLOS ALBERTO 500-29-00-04-01- 2026-2036 de fecha 19 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Hidalgo "1" 20 de mayo de 2026 21 de mayo de 2026 3 MCO231102LQ2 MALAWI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. 500-42-00-05-02- 2026-02929 de fecha 08 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 11 de mayo de 2026 12 de mayo de 2026 4 PSC070711NF3 PLA SERVICES AND COMMERCE, S.A. DE C.V. 500-25-00-05-01- 2026-6637 de fecha 19 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guanajuato "2" 25 de mayo de 2026 26 de mayo de 2026 5 RED2303169L6 REDICIG, S.A. DE C.V. 500-42-00-06-02- 2026-02899 de fecha 08 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 14 de mayo de 2026 15 de mayo de 2026 6 REM220811676 RECICLAJES EMPASC, S.A. DE C.V. 500-42-00-06-03- 2026-03099 de fecha 20 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 26 de mayo de 2026 27 de mayo de 2026 7 SQF181005TT3 SERVICIOS QFW, S.A. DE C.V. 500-18-00-07-02- 2026-1814 de fecha 21 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Colima "1" 22 de mayo de 2026 25 de mayo de 2026 8 TEC220817Q25 TECTNE, S.A. DE C.V. 500-42-00-04-03- 2026-03149 de fecha 25 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 29 de mayo de 2026 01 de junio de 2026 9 TRI220225KK2 TRIZO, S.A. DE C.V. 500-42-00-04-04- 2026-03164 de fecha 25 de mayo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Nuevo León "2" 29 de mayo de 2026 01 de junio de 2026 10 YCO200211RIA YILMAS CORPORATION, S.A. DE C.V. 500-31-00-09-01- 2026-3044 de fecha 10 de marzo de 2026 Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Jalisco "2" 11 de marzo de 2026 12 de marzo de 2026 Apartado E.- Datos adicionales de los contribuyentes. R.F.C. Nombre, denominación o razón social del Contribuyente Domicilio Fiscal Actividad preponderante Motivo del Procedimiento 1 CACX921104F80 CASTILLO CASAS ANDRES CIÉNEGA DE FLORES, NUEVO LEÓN REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA, SIN CAPACIDAD MATERIAL 2 HEMC771223RJ1 HERNANDEZ MEJIA CARLOS ALBERTO PACHUCA DE SOTO, HIDALGO COMERCIO AL POR MAYOR DE OTROS MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, EXCEPTO DE MADERA, AGENCIAS DE RELACIONES PÚBLICAS COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO Y ACCESORIOS DE CÓMPUTO Y COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO Y MATERIAL ELÉCTRICO AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA, SIN CAPACIDAD MATERIAL 3 MCO231102LQ2 MALAWI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. GUADALUPE, NUEVO LEÓN CONSTRUCCIÓN DE NAVES Y PLANTAS INDUSTRIALES, CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR, CONSTRUCCIÓN DE INMUEBLES COMERCIALES INSTITUCIONALES Y DE SERVICIOS AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA 4 PSC070711NF3 PLA SERVICES AND COMMERCE, S.A. DE C.V. MATAMOROS, TAMAULIPAS SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA 5 RED2303169L6 REDICIG, S.A. DE C.V. GENERAL ESCOBEDO, NUEVO LEÓN COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES METÁLICOS; INDUSTRIA DEL ALUMINIO AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA 6 REM220811676 RECICLAJES EMPASC, S.A. DE C.V. SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES METÁLICOS Y SERVICIOS DE INGENIERÍA AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA, SIN CAPACIDAD MATERIAL 7 SQF181005TT3 SERVICIOS QFW, S.A. DE C.V. ZAPOPAN, JALISCO VENTA AL POR MAYOR POR COMISIÓN Y CONSIGNACIÓN AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, SIN CAPACIDAD MATERIAL 8 TEC220817Q25 TECTNE, S.A. DE C.V. SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN SERVICIOS DE INGENIERÍA; COMERCIO AL POR MAYOR DE ENVASES, PAPEL Y CARTÓN; COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES METÁLICOS AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA, SIN CAPACIDAD MATERIAL 9 TRI220225KK2 TRIZO, S.A. DE C.V. SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN INDUSTRIA DE ALUMINIO Y COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES METÁLICOS AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA, SIN CAPACIDAD MATERIAL 10 YCO200211RIA YILMAS CORPORATION, S.A. DE C.V. ZAPOPAN, JALISCO SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS AUSENCIA DE ACTIVOS, AUSENCIA DE PERSONAL, FALTA DE INFRAESTRUCTURA, SIN CAPACIDAD MATERIAL ______________________________________

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