Disposiciones para el cumplimiento del acuerdo intergubernamental entre Mexico y Estados Unidos para la aplicacion de FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act).
El Anexo 25 contiene las disposiciones aplicables para que las instituciones financieras mexicanas cumplan con las obligaciones de identificacion y reporte de cuentas de personas estadounidenses, conforme al acuerdo intergubernamental FATCA (IGA Modelo 1).
- Identificar cuentas financieras de personas estadounidenses (US persons).
- Documentar la condicion fiscal de todos los cuentahabientes (autocertificacion W-8/W-9).
- Reportar al SAT la informacion de cuentas de US persons.
- El SAT transmite la informacion al Internal Revenue Service (IRS) de Estados Unidos.
| Dato | Descripcion |
|---|---|
| Nombre del titular | Nombre completo del US person |
| TIN/SSN | Numero de identificacion fiscal estadounidense |
| Saldo de la cuenta | Saldo al cierre del periodo |
| Rendimientos | Intereses, dividendos y otros rendimientos |
| Producto bruto | Ventas de valores que generen intereses o dividendos |
Bancos, casas de bolsa, aseguradoras, fondos de inversion, fideicomisos y cualquier entidad que mantenga cuentas financieras.
El incumplimiento puede generar una retencion del 30% sobre pagos de fuente estadounidense a la institucion financiera incumplida.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV advierte que FATCA es una obligacion de cumplimiento critico para instituciones financieras mexicanas. El incumplimiento no solo genera sanciones del SAT sino la retencion punitiva del 30% sobre pagos de fuente estadounidense. Los clientes con doble nacionalidad o residencia en EE.UU. deben estar conscientes de que su informacion financiera se reporta al IRS.
Art. 10. Paises con tratados para evitar la doble tributacion
Listado de paises con los que Mexico tiene celebrados tratados para evitar la doble tributacion y sus principales disposiciones, incluyendo tasas de retencion aplicables.
Art. 25-Bis. CRS - Estandar de reporte comun (Common Reporting Standard)
Disposiciones para el cumplimiento del intercambio automatico de informacion financiera con multiples jurisdicciones bajo el estandar CRS de la OCDE.
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