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Artículo 1136. Donacion revocable y tipos

El articulo define la donacion revocable y establece su equivalencia con la donacion por causa de muerte y la donacion entre vivos. Es fundamental entender estas clasificaciones para determinar los derechos y obligaciones de las partes involucradas.

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Texto Legal

ARTíCULO 1136 (DEL ART. 2) Art. 1136. Donación revocable es aquella que el donante puede revocar a su arbitrio. Donación por causa de muerte es lo mismo que donación revocable; y donación entre vivos, lo mismo que donación irrevocable. DONACION REVOCABLE DONANTE REVOCAR ARBITRIO DONACION POR CAUSA DE MUERTE DONACION ENTRE VIVOS DONACION IRREVOCABLE

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la diferencia entre donaciones revocables e irrevocables es crucial para planificar la sucesion y evitar conflictos legales en el futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1136 del CC?

El articulo define la donacion revocable y establece su equivalencia con la donacion por causa de muerte y la donacion entre vivos. Es fundamental entender estas clasificaciones para determinar los derechos y obligaciones de las partes involucradas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1136 de la CC?

Conocer la diferencia entre donaciones revocables e irrevocables es crucial para planificar la sucesion y evitar conflictos legales en el futuro.

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