CC

Artículo 1155. Prohibición del acrecimiento

El testador tiene la facultad de prohibir el acrecimiento en su testamento. Esto permite al testador establecer condiciones específicas sobre cómo se deben distribuir los bienes.

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Texto Legal

ARTíCULO 1155 (DEL ART. 2) Art. 1155. El testador podrá en todo caso prohibir el acrecimiento. TESTADOR ACRECIMIENTO PROHIBIR

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si un testador decide prohibir el acrecimiento, es esencial que todos los involucrados lo comprendan, ya que esto puede cambiar significativamente la distribución de la herencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1155 del CC?

El testador tiene la facultad de prohibir el acrecimiento en su testamento. Esto permite al testador establecer condiciones específicas sobre cómo se deben distribuir los bienes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1155 de la CC?

Si un testador decide prohibir el acrecimiento, es esencial que todos los involucrados lo comprendan, ya que esto puede cambiar significativamente la distribución de la herencia.

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