Este articulo establece que los efectos de la aceptación o repudiación de una herencia retrotraen al momento en que fue deferida. Esto asegura que los derechos se mantengan claros y definidos desde el inicio.
ARTíCULO 1239 (DEL ART. 2) Art. 1239. Los efectos de la aceptación o repudiación de una herencia se retrotraen al momento en que ésta haya sido deferida. Otro tanto se aplica a los legados de especies. ACEPTACION REPUDIACION HERENCIA RETROTRAER DEFERIR LEGADOS DE ESPECIES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer que los efectos son retroactivos es clave para entender cómo se manejan los derechos y obligaciones desde el momento de la sucesión.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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