Al aceptar la herencia con beneficio de inventario, el heredero es responsable de los bienes recibidos y de los que lleguen posteriormente. Esto asegura que las deudas se cubran adecuadamente.
ARTíCULO 1257 (DEL ART. 2) Art. 1257. El que acepta con beneficio de inventario se hace responsable no sólo del valor de los bienes que entonces efectivamente reciba, sino de aquellos que posteriormente sobrevengan a la herencia sobre que recaiga el inventario. Se agregará la relación y tasación de estos bienes al inventario existente con las mismas formalidades que para hacerlo se observaron. BENEFICIO DE INVENTARIO ACEPTAR BIENES HERENCIA
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aceptar la herencia con beneficio de inventario permite al heredero limitar su responsabilidad a los bienes que recibe, lo que es crucial para proteger su patrimonio personal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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