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Artículo 1386. Definicion de donacion entre vivos

La donacion entre vivos es un acto en el que una persona transfiere gratuitamente parte de sus bienes a otra, quien acepta. Este acto es irrevocable y tiene implicaciones legales importantes.

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Texto Legal

ARTíCULO 1386 (DEL ART. 2) Art. 1386. La donación entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta. DONACION ENTRE VIVOS TRANSFERENCIA GRATUITA IRREVOCABLE BIENES

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender las implicaciones de una donacion es crucial, ya que puede afectar la distribucion de bienes en una sucesion futura.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1386 del CC?

La donacion entre vivos es un acto en el que una persona transfiere gratuitamente parte de sus bienes a otra, quien acepta. Este acto es irrevocable y tiene implicaciones legales importantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1386 de la CC?

Entender las implicaciones de una donacion es crucial, ya que puede afectar la distribucion de bienes en una sucesion futura.

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