Las reglas de interpretación de asignaciones testamentarias se aplican a las donaciones entre vivos. Esto asegura consistencia en la aplicación de la ley.
ARTíCULO 1416 (DEL ART. 2) Art. 1416. Las reglas concernientes a la interpretación de las asignaciones testamentarias, al derecho de acrecer y a las substituciones, plazos, condiciones y modos relativos a ellas, se extienden a las donaciones entre vivos. En lo demás que no se oponga a las disposiciones de este título, se seguirán las reglas generales de los contratos. ASIGNACIONES TESTAMENTARIAS DERECHO ACRECER DONACION ENTRE VIVOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La aplicación de reglas similares a las donaciones y herencias ayuda a clarificar intenciones y evitar conflictos, lo que es beneficioso en la planificación sucesoria.
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