El articulo define la obligacion condicional como aquella que depende de un acontecimiento futuro que puede o no suceder. Esto introduce incertidumbre en el cumplimiento.
ARTíCULO 1473 (DEL ART. 2) Art. 1473. Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no. OBLIGACION CONDICIONAL CONDICION ACONTECIMIENTO FUTURO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las obligaciones condicionales pueden complicar la planificación financiera, ya que su cumplimiento depende de eventos inciertos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo