El articulo 1783 establece que al renunciar, los derechos de la sociedad y del marido se confunden. Esto implica que la mujer pierde su distinción en los derechos sobre los bienes.
ARTíCULO 1783 (DEL ART. 2) Art. 1783. Renunciando la mujer o sus herederos, los derechos de la sociedad y del marido se confunden e identifican, aun respecto de ella.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al renunciar, es importante entender que tus derechos se integran a los del marido, lo que puede complicar la recuperación de bienes en caso de disputas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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